Bienvenidos, soy Lola de la Barrera, abogado de familia en Córdoba capital con más de 25 años de experiencia, miembro del colegio de abogados de Córdoba y del Registro de Mediadores familiares de la Junta de Andalucía.
Colegiada número 3018.
Soy experta en mediación familiar, custodias, divorcios y separaciones y testamentos y herencias.
En nuestro despacho ofrecemos servicios jurídicos especializados en todo aquello que compete al derecho de familia y el derecho matrimonial, contando con una dilatada experiencia en el asesoramiento jurídico en procesos relativos a la familia: divorcios, separaciones, medidas paterno-filiales, solicitud de la custodia compartida, así como reparto de herencias y confección de testamentos o cualquier otro asunto legal de carácter familiar.
Contamos con un equipo profesional de técnicos colaboradores, peritos, procuradores y otros técnicos requeridos en un proceso judicial, lo cual nos permite asistir a nuestros clientes de manera integral.
Nuestra oficina se encuentra en la Calle Conde Robledo, 4. Piso 2º-3. Si vienes en coche puedes aparcar en el parking que hay en el número 6 de la misma calle, a 1 minuto caminando.
Llevo más de 10 años trabajando como abogada de familia en procesos complicados como los son los divorcios, las custodias, las herencias. etc.
Creo en la mediación y el acuerdo como la primera alternativa, siempre que se pueda, especialmente cuando se trata de asuntos de familia.
El rigor ante la ley y el derecho están siempre presentes en este despacho, por esto mismo mi forma de trabajar se ciñe a lo que dicta el código deontológico.
Cada caso requiere de una exhaustiva investigación con el objetivo de obtener una resolución exitosa y satisfactoria para mis clientes.
Ofrecer un buen servicio, implica estar siempre actualizada y formada en las últimas novedades sobre legislación y el derecho de familia.
La rapidez de respuesta es fundamental en determinadas situaciones y problemas que requieren de inmediatez a la hora de actuar.
Ofrecemos servicios jurídicos especializados en asuntos legales relacionados con la familia y el matrimonio.
Diferencia entre divorcio y separación
Como abogados de familia en Córdoba en nuestro despacho somos expertos en procesos de separación.
Es importante que entiendas que la separación no disuelve el vínculo matrimonial. Se trata de una suspensión que releva a los cónyuges de los derechos y obligaciones que recoge Código Civil vigente en la fecha que contrajiste matrimonio. Por el contrario, el divorcio sí que disuelve el vínculo matrimonial.
Por tanto los efectos en el matrimonio del divorcio y separación son los mismos, salvo que optando por la separación se puede reanudar el matrimonio por reconciliación y en el divorcio no.
Separación de hecho y de «derecho»
También es importante que sepas la diferencia entre la separación de hecho y de “derecho”, y que tengas conocimiento de los trámites que requieren una separación.
La separación de hecho, en la cual los cónyuges dejan de convivir, puede tener efectos, en la pensión compensatoria o en la liquidación de los bienes gananciales, aunque será la separación de «derecho», a través de una resolución judicial o notarial, lo que determinará los efectos jurídicos de la separación.
Separación de mutuo acuerdo con hijos menores
Las separaciones pueden ser de mutuo acuerdo y se pueden producir en un escenario con hijos menores de edad, en la cual los cónyuges han de llegar a un acuerdo en las medidas relativas a la patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, etc… reflejadas en un Convenio Regulador, que será ratificado por ambos cónyuges en presencia judicial.
Separación de mutuo acuerdo sin hijos menores
También se pueden producir en un escenario sin con hijos menores de edad. En este caso el proceso de separación se puede realizar ante Notario, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo.
Separación judicial mediante un procedimiento contencioso.
Conlleva dos procedimientos: El proceso de medidas provisionales, que supone un juicio verbal, solicitado ante situaciones urgentes de necesidad en las cuales el juez dicta una resolución inminente, y el proceso de separación contenciosa, que implica aportar toda la documentación disponible al juez para que pueda dictar las medidas a aplicar después de analizar la situación familiar, personal y laboral de cada uno de los cónyuges.
El divorcio es un trámite complicado y en muchas ocasiones desagradable. Es importante que además de los aspectos jurídicos y legales, se cuiden los aspectos «humanos», cuidando las formas con la parte contraria e intentando, siempre que sea posible, llegar a un acuerdo mediante un cuidado proceso de mediación.
Como abogada de familia en Córdoba, tengo gran experiencia en divorcios y mediaciones matrimoniales. Y como experta, creo que intentar llegar a una solución amistosa y acordada es lo mejor para todas las partes implicadas.
Un divorcio de mutuo acuerdo siempre es conveniente para los cónyuges y para los hijos (en el caso de que haya). Cuando se llega a un divorcio acordado se recogen las medidas relativas a la guarda y custodia de los hijos, en el caso de ser menores, como el régimen de visitas, la pensión de alimentos, etc. que serán reflejadas en un Convenio Regulador que deberá presentarse en el juzgado.
En caso de no poder tramitar el divorcio de mutuo acuerdo mediante la presentación de un Convenio Regulador firmado por ambas partes, deberá de tramitarse de manera contenciosa mediante la presentación de la oportuna demanda de divorcio y solicitud en su caso de medidas provisionales coetáneas para regular aspectos que requieran de una rápida respuesta.
Guarda y custodia
También llamada custodia legal, la guarda y custodia es la convivencia, asistencia y cuidado de los hijos menores de edad por parte de sus progenitores. En caso de ocasionarse una separación o divorcio de los padres, se deberá llegar a un acuerdo sobre cómo se organizarán los mismos para facilitar la guarda y custodia de los hijos menores.
En algunos casos de nulidad matrimonial, la guarda y custodia puede suponer un motivo de desencuentro y pugna entre los cónyuges. Contar con un buen abogado de familia en Córdoba puede ser determinante para un procedimiento judicial en el que haya hijos de por medio y estén en juego las medidas de la custodia de los menores.
En caso de ocasionarse una ruptura de una pareja, con la existencia de hijos comunes, se deberá llegar a un acuerdo sobre cómo se organizarán los mismos para facilitar la guarda y custodia de los hijos menores, el régimen de visitas para el progenitor con el que no convivan, establecimiento de pensión de alimentos, etc., todo ello con independencia de la existencia o no de un matrimonio previo entre ambos progenitores.
Patria Potestad
La patria potestad son los derechos y deberes que tienen adquiridos ambos progenitores respecto de sus hijos menores no emancipados, basados en la relación paterno-filial y que deben de ejercerse en su beneficio.
Aunque la patria potestad corresponde en principio a ambos cónyuges, la necesidad de proteger al menor, requiere que en supuestos determinados se prive a alguno de los progenitores de la misma.
Régimen de gananciales
El régimen de gananciales implica que las rentas percibidas durante el periodo matrimonial son comunes para los dos cónyuges, al igual que el pago de deudas concretas, como es el caso de la hipoteca.
En la mayoría de comunidades autónomas españolas, se aplica el derecho común y, por consiguiente, el régimen económico matrimonial es el de gananciales.
Régimen de separación de bienes
En el régimen de separación de bienes los cónyuges tienen sus patrimonios separados, contribuyendo a los gastos familiares de manera proporcional a sus ingresos.
En comunidades como Comunidad Valenciana o Cataluña, se aplican normas matrimoniales diferentes a las del resto del país, aplicándose por defecto la separación de bienes.
Los progenitores deben implicarse en los gastos de los menores de manera proporcional a sus ingresos. Si se producen desequilibrios económicos entre ambos, se activan las pensiones compensatorias con el objetivo de compensar a la parte perjudicada.
La Pensión de Alimentos es el deber impuesto a uno o varios individuos de garantizar la subsistencia de una u otra, suponiendo la conjunción de dos partes: Una llamada alimentista que es la parte acreedora y que tiene el derecho a exigir y recibir los alimentos, y otra llamada alimentante que es la parte deudora, que tiene el deber legal de prestarlos. Así pues, el cálculo de esta pensión ha de ser exacto, debiéndose tener en cuenta la situación de cada partes.
La pensión de alimentos suele ser una de las grandes disputas cuando se produce un divorcio. Es importante realizar una negociación justa entre ambas partes, siempre con el asesoramiento jurídico que un abogado experto en derecho familiar o matrimonial.
La pareja de hecho es la unión afectiva y estable de dos individuos, independientemente de su orientación sexual. Los efectos legales de dicha unión varía en función de la Comunidad Autónoma en la que la pareja se encuentre empadronada debido a que son leyes autonómicas las encargadas de regular esta materia.
Algunos de los requisitos que han de cumplirse para hacerse pareja de hecho son:
Los conflictos entre herederos son más comunes de lo que pensamos, llegando a crear estos serios problemas en el seno familiar. Como abogados de familia, nuestro deber es intentar mediar y reclamar el cumplimiento de aquellos derechos, recogidos por la ley o por el testamento, que se están negando a nuestro cliente.
Renuncias a la herencia y obligaciones económicas
Una herencia, además de generar derechos en los herederos, también genera obligaciones, principalmente fiscales, aunque también puede generar deudas con otros acreedores.
Como abogada experta en derecho de carácter familiar te ayudo a que tomes conciencia sobre las consecuencias de aceptar la herencia que te corresponde a través un exhaustivo estudio fiscal y económico que te expone de manera clara cómo repercute fiscal y económicamente recibir una herencia concreta.
Un testamento bien hecho contribuye a llegar a acuerdos entre los herederos, evitando conflictos desagradables. Es importante que a la hora de reflejar las últimas voluntades estés bien asesorado y para ello puedes contar conmigo.
Como abogada de familia en Córdoba soy experta en la gestión de herencias y testamentos, teniendo una amplia experiencia en el asunto.
Si la vida de cada uno de los cónyuges se ve afectada por cambios importantes, los acuerdos alcanzados tras el divorcio podrían someterse a revisión y su correspondiente modificación, de hecho algunas sentencias dictadas últimamente por el Tribunal Supremo, suponen un cambio de rumbo en la jurisprudencia establecida para asuntos de calado como la atribución del uso del domicilio familiar a los hijos mayores de edad, la custodia compartida, etc.
En nuestro despacho te asesoramos sobre las posibilidades que tienes si necesitas llevar a cabo la modificación de las medidas acordadas tras un divorcio.
Trabajo con las últimas tecnologías. Si no te viene bien trasladarte por falta de tiempo o por distancia, podemos trabajar online para facilitar el trabajo. La distancia no es un problema.
Soy abogada de familia, licenciada en Derecho por la Universidad de Córdoba y especializada en Derecho Penal, Civil y Familia.
Resolutiva, constante y proactiva, y buscando siempre la consecución de los objetivos marcados obteniendo los mejores resultados posibles. Apuesto por la cercanía para hacer más fácil el trabajo con mis clientes y siempre intento llegar a acuerdos a través de la mediación para evitar procedimientos judiciales desagradables.
Asociaciones profesionales:
Colegiada nº 3018 del Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba.
Inscrita en el Registro de Mediadores familiares de la Junta de Andalucía con el nº de registro 1566.
Ofrecemos servicios jurídicos especializados en problemas de carácter legal relacionados con la familia y el matrimonio.
Ningún abogado puede dar una respuesta exacta a esa pregunta porque depende de muchos factores. Por ejemplo, un divorcio de mutuo acuerdo dura bastante menos que un de divorcio contencioso. De hecho los divorcios de mutuo acuerdo suelen resolverse entre 3 y 6 meses y los contenciosos pueden llegar a durar entre medio año y un año.
Dependerá del régimen económico que rija en el matrimonio.
Si por ejemplo los cónyuges hubieran optado por el régimen matrimonial de separación de bienes, cada cónyuge mantendría la titularidad sobre su patrimonio.
Sin embargo si hubiesen optado por el régimen matrimonial de gananciales, los cónyuges mantendrían la titularidad sobre los bienes y deudas que hubiesen adquirido antes del matrimonio, siendo necesario en el proceso repartir y liquidar los “bienes gananciales”.
Como abogado de familia en Córdoba puedo asesorarte en el régimen económico matrimonial que mejor puede venirte.
La herencia es un acto jurídico ocurrido al fallecer un individuo, que tiene efectos directos sobre sus herederos (quienes por ley, deben subrogarse en los derechos y obligaciones del fallecido). Por otro lado el testamento es un acto que se realiza previamente a la muerte del individuo en el que se regula a voluntad, el reparto de bienes (y deudas) una vez fallecido.
El divorcio conlleva a la disolución del régimen económico del matrimonio, mientras que la separación produce la separación de bienes desde la sentencia. Después del divorcio los cónyuges se pueden volver a unir contrayendo matrimonio de nuevo entre sí o con otras personas. Sin embargo esto no puede ocurrir en la separación porque el vínculo matrimonial sigue vigente.
En ambos casos se necesitan los servicios de un abogado.
Cada caso es diferente del resto. Con necesidades diferentes y horas de dedicación que pueden variar. Por esto mismo no podemos dar precios cerrados a nuestro servicio, aunque siempre tenemos como referente las tarifas de Colegio de Abogados de Córdoba.
Si necesitas asistencia legal o consultoría, contacta conmigo por las siguientes vías o bien rellenando el formulario